Registro Sanitario para los Cosméticos y Cosméticos Medicados
Este Servicio tiene como propósito, expedir Certificado de Registro Sanitario para los Cosméticos y Cosméticos Medicados para la importación y comercialización de estos productos, en todo el territorio fiscal de la República de Panamá.
Para más detalles de los requisitos es necesario que consulte el Decreto 178 de 12 de julio de 2001 Ver en el Capítulo X "Registro Sanitario de Productos Cosméticos y Similares y Productos Sanitarios de Higiene Personal, la Sección IV "Del Procedimiento de Registro para los Cosméticos y Cosméticos Medicados".
Requisitos
Etiquetas del producto.
Fórmula cualitativa y cuantitativa del producto.
Refrendo del Colegio Nacional de Farmacéuticos.
Especificaciones del producto terminado.
Presentar el recibo de pago.
Presentar el Certificado de libre Venta del producto.
Presentar Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura.
Nota formal solicitando a través de un abogado, la expedición del Certificado de Registro Sanitario de Cosméticos Medicados, a la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas.
Una muestra original del producto de cosméticos.
Refrendo de un Farmacéutico idóneo.
Presentar estudios del producto.
Base Legal
Base Legal
Fundamentado por el Decreto Ley # 178 del 12 de julio del 2001, Ley #1 del 10 de enero de 2001.
Fundamentado por el Decreto Ley # 178 del 12 de julio del 2001, Ley #1 del 10 de enero de 2001.